SE RESULEVE:
ARTICULO PRIMERO.– DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración incoado por NEVELY TORIBIO PERALTA CAPCHA, en contra de la Resolución Gerencial General Regional Nº 131-2024-GR.APURIMAC/GG de fecha 02 de mayo de 2024, en consecuencia: ratificar la sanción administrativa disciplinaria de SANCIÓN DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES DE TREINTA (30) Días, prevista en el inciso g) del Artículo 85º de la Ley Nº 30057, «Ley del Servicio Civil», por vulneración del numeral 1 y numeral 3 del Articulo 6° y el numeral 6 del Artículo 7° de la Ley Nº 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública». De conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.– DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad de la Resolución Gerencial General Regional Nº 131-2024-GR. APURIMAC/GG., efectuado por NEVELY TORIBIO PERAL TA CAPCHA.
ARTICULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al interesado, a la Secretaría Técnica Disciplinaria, al Órgano de Control Institucional y los demás órganos administrativos pertinentes. ( VER PDF )