RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 137-2024-GR.APURIMAC/GR

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mayo 14th, 2024
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 137-2024-GR.APURIMAC/GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la Adquisición de (02) Unidades Vehiculares – según Especificaciones Técnicas, que contempla el proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE EDUCACION BASICA ESPECIAL Nº .13 Y URIPA DE LOS DISTRITOS DE CHINCHEROS Y ANCO HUALLO, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC», con CUI Nº 2329289; conforme a los hechos fácticos del Informe Técnico Nº 06-2024-GRA-SRCH-CEBE Nº 13 Y URIPA-CSBO/RO suscrito por el profesional Residente de Obra – Ing. Clider S. Baldean Ore; para el cumplimiento de metas de inversión, de acuerdo a lo previsto por el numeral 10.4 del artículo 10º de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en estricta observancia a la normatividad sobre la materia, bajo responsabilidad funcional, administrativa, civil y/o penal respectivamente.

ARTÍCULO SEGUNDO.• DETERMINAR, que el presente acto resolutivo, no convalida acción alguna sea técnica, administrativa ni financiera que no esté enmarcado en la Ley, quedando establecida los límites de sus alcances, validez y eficacia en los artículos que lo disponen.

ARTÍCULO TERCERO.· DISPONERa la Secretaría  General  del Gobierno Regional de Apurímac remitir semestralmente a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, una copia de las resoluciones del Titular del pliego emitidas conforme a lo establecido en el numeral 10.4º de la Ley Nº 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, bajo responsabilidad a que hubiera lugar.

ARTÍCULO CUARTO.– EXHORTAR, que los recursos destinados en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente Resolución no pueden destinarse, a fines distintos que no tengan injerencia directa con la adquisición de los vehículos; y el proceso de adquisición sujetarse al marco normativo vigente.

ARTÍCULO QUINTONOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional, Gerencia Sub Regional de Chincheros, al Residente de Obra Ing. Clider S. Baldeen Ore, Sub Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización y demás órganos pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento. cumplimiento, acciones y fines de ley que amerite por corresponder.

ARTÍCULO SEXTO.ORDENAR, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo previsto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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