SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DISPONER, LA ACUMULACIÓN de los siguientes SIGEs: 00010754, 00009719, 00010014, 00010016, 00010310, 00010539, 00010542, 00010544, 00010755, 00010757, 00011031, 00012918, 00012919, 00012920, 00012921, 00012922, 00012923, 00012926, 00012930, 00012932, 00012933, 00012934, 00012935, 00012937, 00012938, 00012941, 00013448, 00013540, 00013541 y 00013542; ello, para su resolución correspondiente, de conformidad a los artículos 160, 161 del TUO. De la ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el D.S. N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DECLARAR, LA NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo contenido en las siguientes Resoluciones Directorales: Resolución Directoral Nº 0491-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a DANIEL MAZARES GUZMAN, Resolución Directoral Nº 0484-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a JUVENAL AZURIN MELENDEZ, Resolución Directoral Nº 0482-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a ROSA ELVIRA, ARBIETO RIVAS, Resolución Directoral Nº 0499-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a TEOFJLO VARGAS SANCHEZ, Resolución Directoral Nº 0496-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a RICARDO MELENDEZ OBLITAS, Resolución Directoral N° 0607-2024-DREA, de fecha 01/04/2024, que corresponde a ALEJANDRINA ROMAN TRUJILLO, Resolución Directoral N° 0489-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a FILIA VILLAR DE CORDOVA, Resolución Directoral Nº 0494-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a EMILIO CORDOVA SANCHEZ, Resolución Directoral Nº 0492-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a IRENE SOLAR BECERRA, Resolución Directoral Nº 0495-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a MARGOTH TELLO DE LUNA, Resolución Directoral N° 0602-2024-DREA, de fecha 01/04/2024, que corresponde a DINA ELSA ROBLES CUARESMA, Resolución Directoral Nº 0480-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a JULIA RIVAS ALCARRAZ, Resolución Directoral Nº 0483-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a BACILIDES SOTOMAYOR BEDIA, Resolución Directoral Nº 0485-2024-DREA, de a 15/03/2024, que corresponde a MARTHA HURTADO QUINTANILLA, Resolución Directoral Nº 0486-2024 EA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a FELICITAS MARTINEZ CALDERON, Resolución Directoral Nº 0498-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a EMPERATRIZ OSCCO HOYOS, Resolución Directoral Nº 0490-2024-DREA, de fecha 15/03/2024, que corresponde a LUCIO SOLIS PALOMINO, Resolución Directoral Nº 606-2024-DREA, de fecha 01/04/2024, que corresponde a RAMON JOVINO GUTIÉRREZ MOTTA, Resolución Directoral N° 0914-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a BONJFACIA MONTANO RIVAS, Resolución Directoral Nº 0915-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a MARTHA CAMACHO VILLEGAS, esolución Directoral Nº 0917-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a ALBERTO RIVAS ALCARRAZ, solución Directoral N° 0922-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde ALBERTO RIVAS ALCARRAZ, solución Directoral Nº 0918-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a HERNAN PALACIOS MIRANDA, solución Directoral N° 0923-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a JORGE CAMACHO VILLEGAS, ResoluciónDirectoral Nº 0930-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a ANDRES CERVANTES VILLEGAS, Resolución Directoral Nº 0934-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a ANISAL ARISTIDES URBIOLA VALER, Resolución Directoral Nº 0604-2024-DREA, de fecha 01/04/2024, que corresponde a DURET DOMINGA VALENZUELA BARRIENTOS, Resolución Directoral Nº 0926-2024-DREA, de fecha 16/04/2024, que corresponde a PAULA LUISA HUAMANI JAVIER, Resolución Directoral N° 1011-2024-DREA, de fecha 02/05/2024, que corresponde a ALBERTO LAGOS OROSCO y Resolución Directoral Nº 1012-2024-DREA, de fecha 02/05/2024, que corresponde a BENEDICTO SALAZAR AMESQUITA; HACIENDO EXTENSIVO dicha nulidad a los actos procedimentales indebidamente generados, por la causal prevista en los numerales 1 del Artículo 10, del TUO de la Ley Nº 27444; CONSIGUIENTEMENTE, innecesario pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por parte de los administrados.
ARTICULO TERCERO.· RETROTRAER, el trámite del procedimiento al momento previo de verificación de los requisitos de la petición presentado por los administrados/das; para cuyo efecto se devuelve los actuados a la Entidad de origen por corresponder.
ARTICULO CUARTO.. EXHORTAR, por única vez, a los funcionarios involucrados de la Dirección Regional de Educación de Apurímac, actuar con mayor diligencia y con estricta observancia de las normas aplicables al caso concreto, a fin de evitar la emisión de actos administrativos que son contrarios a derecho.
ARTICULO QUINTO.. NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )