RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 189-2024-GR-APURIMAC/GG

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junio 20th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 189-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 07 (Sentencia) de fecha 16 de setiembre de 2020, Resolución N° 11 (Sentencia de Vista) de fecha 30 de marzo de 2021, Resolución N° 15 (Auto Relevante) de fecha 11 de abril de 2022 y la Resolución Nº 19 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 15 de abril de 2024; del Expediente Judicial Nº 01131-19-0-0301-JR·CI-02, interpuesto por NICOLAZA SUMARRIVA ALVAREZ en razón al deceso de su señora madre que en vida fue LAURA ALVAREZ MURILLO, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac, y con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 465-2019-GR-APURIMAC/GR, de fecha 26 de julio del 2019; 2) La Nulidad Parcial de Resolución Directoral Regional Nº 822-2019-DREA, de fecha 27 de mayo del 2019.

ARTICULO SEGUNDO.· DISPONER, a favor de NICOLAZASUMARRIVA ALVAREZ, el pago del reintegro, de la diferencia de los montos correspondientes a subsidios por luto y gastos de sepelio, calculados en base a la remuneración total percibida por la actora en el mes de fallecimiento de su señora madre Laura Alvarez Murillo, así como el pago de los intereses legales.

ARTICULO TERCERONOTIFIQUESE, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a fin de que proceda a practicar la liquidación, del reintegro, a favor de la demandante, de la diferencia de los montos correspondientes a subsidios por luto y gastos de sepelio, calculados en base a la remuneración total percibida por la actora en el mes de fallecimiento de su señora madre Laura Alvarez  Murillo, así como el pago de los intereses legales, en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Educación de Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el  cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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