SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR, IMPROCEDENTE, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la señora Inés RAMIREZ HUARCAYA, cónyuge supérstite del causante Eduardo Daniel CCALLME ASTO, contra la Resolución Directoral Regional Nº 067-2024-GRl·DRTC-DR·APURIMAC, de fecha 15 de marzo del 2024. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO.• NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.· PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )