SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER Y OTROGAR, el derecho de pago por concepto de COMPÉNSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, a favor de la administrada YOLANDA RICARDINA ROJAS CERON, en su calidad de cónyuge supérstite de quien en vida fue Daniel Falcón Navarro, por el importe de pago único de CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 54/100 SOLES ( S/ 58,133.54), dicho beneficio otorgado tomando en cuenta el Informe N° 124-2024-GRAP/DRADM/OF.OF.RR.HH.A.REM.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER, que el cumplimiento de pago por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios reconocidos en el artículo primero del presente acto Resolutivo, esta sujeto a la disponibilidad presupuestal respectiva en observancia a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO.- PONER, de conocimiento a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial de Gobierno Regional de Apurímac, con su dependencia la Sub Gerencia de Presupuesto, a efectos de adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución, asimismo al área de Remuneraciones..
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Señora YOLANDA RICARDINA ROJAS CERON en su domicilio real Jr. Paraguay N° 113 de la ciudad de Abancay, a las instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac y al legajo personal del interesado para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónica del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )