SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR de oficio con efecto retroactivo al 09 de abril de 2024, por concurrir en error material consignado en el artículo primero de la Resolución Jefatura! Regional Nº 007-024-GR-APURIMAC/ORSLTPI, conforme al siguiente detalle:[..]
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR, subsistentes e inalterables, los demás considerandos, fundamentos de hecho y Derecho expuestos en la Resolución Jefatura! Regional Nº 007-024-GR-APURIMAC/ORSLTPI, de fecha 09 de abril de 2024.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia, las áreas técnica encargadas de la elaboración , revisión y evaluación de las liquidaciones técnicas y financieras, deberás cautelar la observancia del marco legal.
ARTICULO CUARTO:EXHORTAR, al Director Regional de Supervisión , Liquidación y transferencia de proyecto de Inversión y al Coordinador de Liquidación de Inversiones, Ing, Elihu Ovid Lopinta Leon, tener mayor cautela y cuidado en la elaboración de los informes técnicos que generan dificultades de esta naturaleza en la correcta aplicación de los actos administrativos, sin perjuicio de remitir copias de los actuados a la Secretaria Técnica de procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, al que hubiera lugar, conforme a la normativa vigente.
ARTICULO QUINTO:NOTIFIQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la comisión, para su conocimiento, cumplimiento y fines de Ley.
ARTICULO SEXTO:PUBLICAR, la presente resolución en la pagina web de Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe., de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información publica.