RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 099-2024-GR-APURIMAC/GG

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abril 10th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 099-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. • ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 127 numeral 127.2 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley Nº 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.

ARTÍCULO SEGUNDO. • DECLARAR, IMPROCEDENTE los recursos administrativos de apelación interpuesto por los señores: Bertha VALENZUELA CACERES, contra la Resolución Directora! Regional N° 0344-2023-DREA, de fecha 21 de febrero del 2024, María Jesús SAAVEDRA TRUJILLO. contra la Resolución Directora! Regional Nº 0344-2024-DREA, de fecha 21 de febrero del 2024, Bacilides Juana TRIVEÑO PAMPAS, contra la Resolución Directora! Regional N° 0286-2024-DREA, de fecha 15 de febrero del 2024,Yoni María CORDOVA HOYOS, contra la Resolución Di rectoral Regional Nº 0286-2024-DREA, de fecha 15 de febrero del 2024 y Samuel Ismael CARRION TRUJILLO contra la Resolución Directora! Regional Nº 0286-2024-DREA, de fecha 15 de febrero  2024 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley, el Procedimiento Administrativo General.

ARTICULO TERCERO. • DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo. como antecedente .

ARTÍCULO CUARTO. • NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO QUINTO.· PUBLIQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

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