RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 095-2024-GR-APURIMAC/GG

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abril 10th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 095-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 27 de abril de 2023, la Resolución N° 12 (Sentencia de Vista) de fecha 21 de agosto de 2023 y la Resolución Nº 14 (Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 13 de diciembre de 2023, recaída en el Expediente Judicial Nº 01074-2022·0-0301-JR-LA-01. la cual declara FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por LUZ MARINA SARMIENTO NUÑEZ, en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico; en consecuencia, DECLARO:
1) la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 708-2022-GR-APURIMAC/GG de fecha 11 de noviembre de 2022, y 2) Improcedente la demanda respecto de la Nulidad Parcial de la Resolución Directora! Regional Nº 1864-2022-DREA, de fecha 02 de setiembre del 2022.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por LUZ MARINA SARMIENTO NUÑEZ, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 1864-2022-DREA, de fecha 02 de setiembre del 2022; RECONOCIENDO, el pago de los devengados por el incremento dispuesto en el Decreto Ley Nº 25981 (correspondiente al diez por ciento de la parte de su haber mensual del mes de enero de mil novecientos noventa y tres, afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda); los mismos que deben ser calculados y abonados conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25981 desde que se ha incumplido la norma, esto es el primero de febrero de mil novecientos noventa y tres en adelante, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.-REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27564 » Ley que Regula el Proceso contencioso Administrativo modificado por el D.S. N°011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.- ENCARGA, a la Secretaria General NOTIFICAR,  con el presente acto administrativo a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, procuraduría Publica Regional, Juzgado de trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demas sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y Fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónica del Gobierno Regional de Apurímac ; www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de transparencia y Acceso a la información publica.

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