diciembre 21st, 2013
DESESTIMAR POR IMPROCEDENTE, el Recurso de Apelación contra la Resolución Ficta Denegatoria por Silencio Administrativo Negativo, presentado por el señor Clodowaldo Pagán Cuenca. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución NO HA LUGAR administrativamente la nivelación de pensión de cesantía, y el pago de reintegros y/o devengados bajo el Régimen del Decreto Ley N° 20530, solicitado por el referido administrado. Quedando agotada la vía administrativa.