RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 008-2024-GR.APURIMAC/GRI

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marzo 18th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 008-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO:APROBAR, el Expediente técnico de AMPLIACION DE PLAZO N° 04. en fase de ejecución (EN VIAS DE REGULARIZACION),solicitadas para la continua ejecución del sub proyecto denominado; «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.S. SEÑOR DE ANIMAS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA, AYMARAES, APURIMAC», comprendido en el proyecto .»MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.S. DAVID SAMANEZ OCAMPO DEL DISTRITO DE TINTAY Y LA I.E.S. SEÑOR DE ANIMAS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA AYMARAES – APURIMAC, con CUI N° 2302886, por un periodo de 72 días calendarios, comprendido desde el 28/12/2023 al 08/03/2024, recalcando que la nueva fecha de termino de plazo de ejecución es el 08/03/2024; ello, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalle: [..]

ARTICULO SEGUNDO: EXHORTAR, en la linea de tiempo a los responsables del proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimizacion de los Recursos Públicos y Plazos solicitados, en merito a los principios de celeridad, Economía, sencillez y eficacia.

ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copias de os actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normativa vigente.
ARTICULO CUARTO: DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) actualice el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato Nº 08-A., conforme a norma con el presente acto resolutivo.
ARTICULO QUINTO: DISPONER, al Residente de Obra, proceda a presentar su cronograma de ejecución física y financiera actualizada con el visto bueno del Inspector para su registro en el formato 12-B de la Directiva Nº 001- 2019-EF/63.01.

ARTÍCULO SEXTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de os actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Infraestructura, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO SETIMO: ESTABLECER, que la aprobación de la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 04, del sub de  proyecto en cuestión, es de CARÁCTER NETAMENTE TÉCNICO, siendo que la ejecución quede supeditada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTICULO OCTAVO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de AMPLIACION DE PLAZO Nº 04, del proyecto en mención, la responsabilidad recae directamente en el Residente de Obra: Alex Sanchez Contreras – Supervisor de Obra: Milton E. Zamora Ugarte.
ARTÍCULO NOVENO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional  de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del proyecto  en mención – Residente de Obra: Alex Sanchez Contreras – Supervisor de Obra: Milton E. Zamora Ugarte; para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley
ARTÍCULO DECIMO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública

 

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