SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto en fecha 29 de enero de 2024 por el administrado TEOFILO VARGAS SANCHEZ, identificada con DNI Nº 31005427, en contra de la Resolución Directora! Regional N° 2289-2023-DREA, de fecha 27 de diciembre de 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA conforme señala el artículo 218° de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el artículo 228° del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que
aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, el archivo definitivo del presente procedimiento, conforme a lo previsto en la Ley N°
27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO TERCERO: DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado Teófilo Vargas Sánchez, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO QU!NTO: PUBLÍQUESE, I~ presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reg1onapunmac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública