SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: RECTIFICAR de oficio y con efecto retroactivo el error material consignado en el artículo primero de la Resolución Gerencial General Regional Nº 151-2015-GR. APURIMAC/GG .. de fecha 04/09/2015, conforme al siguiente detalle:[..]
ARTICULO SEGUNDO:DECLARAR, subsistentes e inalterables, los demás considerandos, y fundamentos de hecho y derecho expuestos en la Resolución Gerencial General Regional N°115-20215-GR.APURIMAC/GG.
ARTICULO TERCERO:EXHORTAR, bajo responsabilidad, a las áreas técnicas de la entidad, oficina Regional de Supervisión, Liquidación y transferencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Estudio Definitivos y a sus profesionales técnicos especializados, efectuar un adecuado control del proceso de elaboración de las liquidaciones técnicas y financieras; asimismo, realizar una labor mas diligente en los tramites, en estricto cumplimiento de la Normativa aplicable al caso concreto, a fin de cumplir con los objetivos del proyecto, y no generar perjuicio a la entidad.
ARTICULO CUARTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse ,que no se en marquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia, las áreas técnicas encargadas de la elaboración, revisión y evaluación de las liquidaciones técnicas y financieras, deberán cautelar la observancia del marco legal.
ARTICULO QUINTO:PUBLICAR, la presente resolución en la pagina web del Gobierno Regional de Apurímac, www,regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a la Ley.
ARTICULO SEXTO:REMITIR, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Oficina Regional de Supervisión, liquidación y transferencia de proyecto de Inversión, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y acciones de Ley que ameriten por corresponder.