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SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR CONFIRMADA en todos sus extremos, la Resolución Gerencial Regional N.º 030-2023-GR.APURIMAC/GRDE de fecha 22 de diciembre del 2023, emitida por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia APRUEBESE la Rectificación de Áreas, Linderos y Medidas Perimétricas. del predio matriz con unidad catastral 06603, a nombre de Luciano Escalante Zúñiga, con un área de 0.2389 has . Y perímetro 208.98 mi; inscrito en la
PE N.º 03003752 del RdP; por haber sido seccionado por una canal de tierra ; que origina el fraccionamiento o sub división en dos predios, resultado de esta infraestructura se tiene el predio con unidad catastral 122349 con un área de 0.1567 has y el perímetro de 161.45 mi y el otro predio con unidad catastral 122189, con un área de 0.0300 has y un perímetro de 105.34 mi.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En consecuencia a lo resuelto en el artículo primero de la presente, CONFIRMESE la INDEPENDIZACION de las áreas resultantes del fraccionamiento del predio, conforme a lo detallado en la presente resolución, y conforme a las especificaciones técnicas contenidas en los Certificados de Información Catastral.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la REMISIÓN de la presente resolución, así como de la Resolución Gerencial Regional N.º 030-2023-GR.APURIMAC/GRDE de fecha 22 de diciembre del 2023 y los respectivos Certificados de información Catastral y los instrumentos de rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas de predio rural inscrito a la SUNARP para su Inscripción por mérito propio y de las resoluciones pertinentes, a efectos de alcanzar la inscripción registral