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SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR CONFIRMADA en todos sus extremos , la Resolución Gerencial Regional N.º 035-2023-GR.APURIMAC/GRDE de fecha 22 de diciembre del 2023, emitida por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Apurímac , en consecuencia APRUEBESE la Rectificación de Áreas, Linderos y Medidas Perimétricas , del predio matriz con unidad catastral 06633, a nombre de Eulogio Jara Cáceres y Isabel Ugarte de Jara, con un área de 0.4113 has. y perímetro de
325.11 mi ; inscrito en la PE N.º 03003772 del RdP ; por haber sido seccionado por una trocha que origina el fraccionamiento o sub división en dos predios , resultado de esta infraestructura se tiene el predio con unidad catastral 122354 con un área de 1.0852 has y el perímetro de 501.14 mi y el otro predio con unidad catastral 122302 , con un área de 0.1382 has y un perímetro de 152.25 mi.
ARTÍCULO SEGUNDO.· En consecuencia a Jo resuelto en el artículo primero de la presente , CONFIRMESE la INDEPENDIZACION de las áreas resultantes del fraccionamiento del predio, conforme a lo detallado en la presente resolución, y conforme a las especificaciones técnicas contenidas en los Certificados de Información Catastral.
ARTÍCULO TERCERO.· DISPONER la REMISIÓN de la presente resolución, así como de la Resolución Gerencial Regional N.º 035 -2023-GR.APURJMAC/GRDE de fecha 22 de diciembre del 2023 y los respectivos Certificados de información Catastral y los instrumentos de rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas de predio rural inscrito a la SUNARP para su Inscripción por mérito propio y de las resoluciones pertinentes , a efectos de alcanzar la inscripción registral