RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 005-2024-GR-APURIMAC/GG

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enero 25th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 005-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 07 (Sentencia) de fecha 31 de mayo de 2022, la Resolución Nº 12 (Sentencia de Vista) de fecha 06 de marzo de 2023 y la Resolución N° 14 (Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 27 de noviembre de 2023, recaída en el Expediente Judicial Nº 00511 ·2021-0-0301-JR·LA-01, la cual declara FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por CARLOS ORTIZ MOINA, en contra del Gobierno Regional de Apurimac,
la Dirección Regional de Educación de Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico; en consecuencia, DECLARO: 1) la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 415- 2021-GR-APURIMAC/GG de fecha 06 de octubre de 2021, y 2) Improcedente a demanda respecto de la Nulidad Total de la Resolución Directora! Regional Nº 0372-2021-DREA, de fecha 19 de marzo de 2021.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por  19 de marzo de 2021; RECONOCIENDO, el pago de los devengados por el incremento dispuesto en el CARLOS ORTIZ MOINA, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 0372-2021-DREA, de fecha Decreto Ley Nº 25981 (correspondiente al diez por ciento de la parte de sus haberes mensuales del mes de enero de mil novecientos noventa y tres, afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda); más el pago de los devengados solicitados por el accionante, los mismos que deben ser calculados y abonados conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25981, desde que se ha incumplido la norma,esto es, del primero de enero de mil novecientos noventa y tres hasta el treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa y ocho (teniendo en cuenta que el régimen pensionario al que pertenece el demandante es el regulado por el Decreto Ley Nº 20530), más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, por corresponder para su conocimiento, y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del articulo 45º del TUO de la Ley N° 27584 – «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D.S. N° 011-2019-JUS».
ARTICULO CUARTO. • ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionaourimac.gob.oe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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