RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N°476.2023-GR.APURIMAC/GR

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diciembre 29th, 2023
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N°476.2023-GR.APURIMAC/GR
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO del PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº176-2023-GRAP-1 – ADQUISICIÓN DE CELDA DE REMONTE (CELDA DE LLEGADA) Y CELDA DE OPERACIÓN Y SELECCIONAMIENTO CON SECCIONADOR 36 KV, 400/630 AMP APERTURA DE ARCO ELÉCTRICO EN GAS INTEGRAL SF6 (CELDA DE PROTECCIÓN) para el Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD DE ANTABAMBA – MICRO RED ANTABAMBA – DIRESA APURÍMAC», por contravenir los ,0,principios de la contrataciones públicas, debiendo RETROTRAERLA a la Etapa de Evaluación, Calificación de Oferta, previa  verificación de Admisión de Ofertas, debido actos que contravengan las normas.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, que el Órgano Encargado de las Contrataciones designado para referido procedimiento de selección, continúe con las acciones administrativas y etapas del procedimiento de selección, recomendándoseles que realice las actuaciones del procedimiento de selección con diligencia y actúe de conformidad con lo
establecido en la normativa de contratación pública.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, registre en el SEACE la presente Resolución Ejecutiva Regional e implemente las acciones administrativas que correspondan conforme a la normativa de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO CUARTO: REMITITASE copia del presente expediente a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Apurimac, de conformidad con lo establecido en el numeral 44.3 del articulo 44° del T.U.O de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225, modificado por el Decreto Legislativo N° 1444, a fin de deslindar las responsabilidades de los funcionarios que propiciaron la presente Nulidad.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes (OEC), emita el informe técnico de infracción y a la vez remita los actuados administrativos de acuerdo a lo establecido a la normativa de Contratación del Estado, a fin de que se comunique al Tribunal de Contratación del Estado, e inicie el procedimiento administrativo contra la Empresa CONSORCIO INGENERCOM, representado por el Gerente General el señor CARLOS ENRIQUE VERA HURTADO
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFIQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por
corresponder de acuerdo a su competencia .
ARTÍCULO SÉPTIMO: TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional y la publicación de la presente resolución en  la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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