RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 379 -2023-GR.APURIMAC/GR

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septiembre 19th, 2023
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 379 -2023-GR.APURIMAC/GR
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, la transferencia financiera por el monto de S/ 30,000.00 (Treinta Mil con 00/100 Soles), que deberá ser distribuido de la siguiente manera, a favor de:[…]                                                                                                                                        Con la finalidad de financiar el servicio de control concurrente del Proyecto de Inversión con CUI Nº 2420269, «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN DE NIVEL INICIAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 476-12 DE MIRAFLORES, 475-1 DE MOZOBAMBA, 475-43 DE VISTA ALEGRE Y 109 DE ROCCHACC DEL DISTRITO DE ROCCHACC – PROVINCIA DE CHINCHEROS – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», con cargo a la Meta presupuesta! 014-2023 Control Concurrente, Fuente de Financiamiento 05 Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones,
Clasificador de Gasto 2.4.2.3.1.1 A otras Unidades del Gobierno Nacional; de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31358.
ARTÍCULO SEGUNDO. · ORDENAR, que los.recursos financieras materia de transferencia en virtud de lo resuelto en el articulo primero de la presente Resolución no pueden destinarse,bajo responsabilidad,a fines distintos para los cuales son transferidos.
ARTÍCULO TERCERO.· DISPONER, a la Dirección Regional de Administración,realizar las acciones administrativas pertinentes a
través de sus unidades orgánicas competentes. para !a realización de la transferencia financiera a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, debiendo informar a la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac del resultado de tales acciones.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia Sub Regional de Chincheros; Dirección Regional de Administración; Gerencia Regional de Desarrollo Social y sede local de la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- REMITIR, a la Secretaría General,para que cumpla con realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio de ser publicado en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe .

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