SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto de Supremo Nº 031-2023-EF; que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de las Unidades Ejecutoras del Sector Educación de los Gobiernos Regionales, al amparo de los literales b), g), k), n) y t) del numeral 42.1 y del numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, correspondiendo al Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, el monto de UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/. 1 262,137.00), en las Genéricas de Gasto 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, en la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:[….]
ARTÍCULO 2°.- Notas para la Modificación Presupuestaria La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTÍCULO 3º.- Remisión Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 31 º, numeral 31.4, del Decreto Legislativo Nº 1440 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público.