SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DELEGAR al Gerente de la Gerencia Sub Regional Chanka – Andahuaylas, las competencias y atribuciones siguientes. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR, que las acciones administrativas y materiales que se realicen en merito a la delegación de facultades otorgada mediante la presente Resolución Ejecutiva Regional, deberá ceñirse de manera estricta a las respectivas normas en el marco de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Decreto Legislativo Nº 1358, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29151 «Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales para optimizar el saneamiento físico legal de los inmuebles estatales y facilitar la inversión pública y privada; el Decreto Legislativo Nº 1439 «Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento», normas reglamentarias y complementarias, con plena observancia del principio de legalidad.
ARTICULO TERCERO.· NOTIFIQUESE, con la publicación de la presente resolución a la Dirección Regional de Administración y a la Gerencia Sub Regional Chanka – Andahuaylas, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTICULO CUARTO.· SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )