RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 737-2022-GR-APURIMAC.GG

Archivo
diciembre 22nd, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 737-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de la Ampliación  de Plazo Nº 05 en fase de ejecución (EN VIAS DE  REGULARIZACIÓN) del Proyecto de Inversión Pública denominado: «MEJORAMIENTO DE LA APLICACIÓN EN TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS II.EE  DEL NIVEL SECUNDARIA DE LA UGEL COTABAMBAS, REGIÓN APURIMAC», con Codigo Unificado de Inversiones N° 2185059, con un periodo de 553 días calendario adicionales, comprendido a partir del 01 de abril del 2021, hasta el 05 de octubre del 2022, siendo la fecha de Término Reprogramado el 05 de octubre del 2022, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente cuadro. (…)

ARTICULO TERCERO.• REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, a fin de determinar las sanciones a quehubiera lugar, por la demora en el trámite de la solicitud de ampliación de plazo Nº 05 (EN VIAS DE REGULARIZACION), conforme a la normativa vigente.

ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen  dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución  deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución;

ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER, que la aprobación de la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 05, en mención; es de CARACTER NETAMENTE TECNICO, quedando supeditada la ejecución del proyecto al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.

ARTÍCULO SEXTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en la solicitud de  AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 05, del proyecto en mención, la responsabilidad recae directamente en la Residente del Proyecto TIC Cotabambas y Supervisor de Proyectos sociales, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la ejecución del proyecto.

ARTÍCULO SETIMO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Sub Gerente de Promoción Social, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Residente del Proyecto TIC Cotabambas Ing. Mildred Pimentel Saihua, para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.

ARTÍCULO OCTAVO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac. www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]