SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desagregación de recursos
Apruébese, la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 238-2022-EF; que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público, que establece el incremento de la Remuneración Íntegra Mensual Superior (RIMS) de los profesores de la Carrera Pública Docente para los Institutos y Escuelas de Educación Superior, así como la remuneración mensual del profesor contratado, de conformidad con la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; siendo que dichos incrementos se efectúan en dos oportunidades, en los meses de junio y octubre del presente Año Fiscal, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último; para tal efecto, se exceptúa al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2022, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 31365, según corresponda, correspondiendo al Pliego Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, el monto de CIENTO DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SEIS CON O0/100 (S/116,606.00) SOLES, en la Generica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO 2°.– Notas para la Modificación Presupuestaria
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTÍCULO 3°.– Remisión
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 31°, numeral 31.4, del Decreto Legislativo N° 1440 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. ( VER PDF )