SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– DECLARAR, IMPROCEDENTE POR EXTEMPORANEO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el señor Saturnino PINTO ALARCON, contra la Resolución Directoral Regional N° 1899–2022–DREA, de fecha 09 de setiembre del 2022. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Articulo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO.– NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )