SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo» por mejora tecnológica, por el periodo de 06 días calendario, peticionado a la Entidad por el Contratista INDUSTRIAS TECNODURA S.A.C., en fecha 21/10/2022, mediante la Carta Nº 028-2022-IT, registrado con SIGE Nro 24624 por no estar acreditado y carecer de sustento técnico y legal de conformidad a lo establecido por el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución, al Contratista INDUSTRIAS TECNODURA S.A.C., a su correo electrónico contractual: industriastecnodurasac@gmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO TERCERO: SE RECOMIENDA, al Área Usuaria de la Contratación y al Órgano Encargado de las Contrataciones, mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones, al emitir sus informes técnicos y opiniones sobre las solicitudes de ampliaciones de plazo, debiendo de tener en cuenta lo establecido por la Orden de Compra – Guía de Internamiento Nº 0004049 de fecha 11/10/2022 y la normativa de contrataciones del estado.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )