SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DEJAR SIN EFECTO la Resolución Gerencial General Regional Nº 467-2022- GR.APURIMAC/GG de fecha 02 de agosto de 2022, en el extremo que corresponde a la servidora ELVA EUDOCIA MENDOZA BEDIA, por no haber causado efecto legal, conforme a lo siguiente. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.· DEJAR, subsistente e inalterable los demás extremos de la Resolución Gerencial General Regional Nº 467-2022-GR.APURIMAC/GG de fecha 02 de agosto de 2022.
ARTICULO TERCERO.·DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 16 (Sentencia de Vista), de fecha 18 de febrero de 2022 y Resolución Nº 18 (Auto de Requerimiento), de fecha 10 de mayo de 2022, recaída en el Expediente Judicial Nº 00733-2019-0-0301-JR-CI-02, la cual declara FUNDADA la demanda contenciosa administrativa, en contra del Gobierno Regional de Apurímac, dispuesta por el Juzgado de Trabajo – Sede Abancay, referente al pago de los devengados más intereses legales del concepto remuneración principal conforme establece el Decreto de Urgencia Nº 037-94-PCM, en su artículo 1º deuda reconocida por el Pliego Presupuestal 442 – Gobierno Regional de Apurímac, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 353-2017-GR.APURIMAC/GR, de fecha 04 de Octubre del año 2017, correspondiente al periodo del 01 de Julio del año 1994 al 31 de Diciembre del 2015; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa vigente, conforme al cálculo efectuado por el Área de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, a favor de la servidora ELVA EUDOCIA MENDOZA BEDIA, con los siguientes datos. (…)
ARTICULO CUARTO.· DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac con su dependencia la Sub Gerencia de Presupuesto, a efectos de que realice la gestión correspondiente ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y finanzas, del presupuesto requerido a fin de cumplir con la sentencia judicial.
ARTICULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la interesada, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley. ( VER PDF )