RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 634-2022-GR-APURIMAC.GG

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octubre 24th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 634-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre Modificación Nº 03 con Incremento Presupuestal – por adicionales de obra (por partidas nuevas mayores metrados) deductivos y actualización de costos del proyecto «MEJORAMIENTO DE LA APLICACION  TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS II.EE DE NIVEL SECUNDARIA EN 11 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS UGEL ANDAHUAYLAS REGION APURIMAC.», con CUI N° 2184900, siendo el Incremento supuestal de S/. 1’267,104.76 (Un millón doscientos sesentaisiete mil cientos cuatro con 76/100 soles), siendo el o costo total del presupuesto, la suma de S/.  13’127,013.86. (Trece Millones ciento veintisiete mil trece con 86/100 ); cuyo sustento técnico y estructura presupuestal actualizada se encuentra contenido en (02) Archivadores, en un total de 647 folios, conforme al siguiente cuadro. (…)

ARTICULO SEGUNDO: REMITIR, copias de los actuados a la  Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, por la omisión advertida por parte del proyectista Ing. Manuel Jesús lbarra Cabrera, en el trámite de la solicitud de ampliación presupuesta, conforme a la normatividad vigente.

ARTÍCULO TERCERO.· PRECISAR, que el  presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Tecnico es de CACTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO QUINTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico, la responsabilidad recae directamente en el Residente del Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 1DISTRITOS y Supervisor de Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.

ARTÍCULO SEXTO.· NOTIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Supervisión,  Liquidación y Transferencia, Sub Gerencia de Presupuesto, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Residente del Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS y Supervisor de Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Apurímac; para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.

ARTÍCULO SETIMO.· DISPONER, la publicación de la Presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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