ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre Modificación Nº 03 con Incremento Presupuestal – por adicionales de obra (por partidas nuevas mayores metrados) deductivos y actualización de costos del proyecto «MEJORAMIENTO DE LA APLICACION TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS II.EE DE NIVEL SECUNDARIA EN 11 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS UGEL ANDAHUAYLAS REGION APURIMAC.», con CUI N° 2184900, siendo el Incremento supuestal de S/. 1’267,104.76 (Un millón doscientos sesentaisiete mil cientos cuatro con 76/100 soles), siendo el o costo total del presupuesto, la suma de S/. 13’127,013.86. (Trece Millones ciento veintisiete mil trece con 86/100 ); cuyo sustento técnico y estructura presupuestal actualizada se encuentra contenido en (02) Archivadores, en un total de 647 folios, conforme al siguiente cuadro. (…)
ARTICULO SEGUNDO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, por la omisión advertida por parte del proyectista Ing. Manuel Jesús lbarra Cabrera, en el trámite de la solicitud de ampliación presupuesta, conforme a la normatividad vigente.
ARTÍCULO TERCERO.· PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Tecnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO QUINTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico, la responsabilidad recae directamente en el Residente del Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS y Supervisor de Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO SEXTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia, Sub Gerencia de Presupuesto, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Residente del Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS y Supervisor de Proyecto TIC ANDAHUAYLAS 11 DISTRITOS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Apurímac; para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SETIMO.· DISPONER, la publicación de la Presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )