RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 03 – CON INCREMENTO PRESUPUESTAL del Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LAS COMPTENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES MEDIANTE LA IMPLEMENTACION DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION (TIC’S) EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL SECUNDARIO DE LAS UGELS AYMARAES, ANTABAMBA Y GRAU DE LA REGIÓN APURIMAC», con Código Unificado de Inversiones Nº 2166936, siendo el Incremento Presupuestal de S/. 1 ‘186,970.35 (Un Millón Ciento Ochenta y Seis Mil Novecientos Setenta con 35/100 soles); con un Presupuesto. total Actualizado, la suma de S/. 14’025,982.78 (Catorce Millones Veinticinco Mil Novecientos Ochenta y Dos con 78/100 soles); cuyo sustento técnico y estructura presupuesta! actualizada se encuentra contenido en (01) Archivador, en un total de 616 folios, conforme al siguiente cuadro. ( …)
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.• ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Tecnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTICULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico, la responsabilidad recae directamente en el Coordinador de Proyecto y Supervisor de Proyecto, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO.. NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia, Sub Gerencia de Presupuesto, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Coordinador de Proyecto y Supervisor de Proyecto de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Apurímac; para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Pagina Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )