SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01, en vías de regularización (casos fortuitos o de fuerza mayor y por ejecución de adicionales de obra); por un seriodo ‘adicional de 363 días contabilizados desde el 17/08/2022 al 14/08/2013; para el PIP enominado: «MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS EN LA CUENCA DEL RIO PAMPAS DE LAS PROVINCIAS DE ANDAHUAYLAS Y CHINCHEROS – REGIÓN APURIMAC», con CUI N° 2250114; ello, en conformidad al sustento técnico contenido en los informes emitidos por los responsables del Proyecto de Inversión Publica materia del presente, sustento técnico que se encuentra contenido en Un (1) folder con un total de (272) folios.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXHORTAR a los responsables del proyecto en mención que el inicio del procedimiento sobre requerimiento de ampliación de plazo deba realizarse con anticipación a la fecha de vencimiento del mismo, a fin de evitar retrasos injustificados que perjudiquen la debida ejecución del mencionado Proyecto de Inversión.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y demás unidades orgánicas inmersas en su ejecución deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para e cumplimiento de la presente resolución.
ARTICULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables del proyecto de inversión antes señalados; para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO QUINTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reg1onapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )