SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Carta Nº088–2022-GRAP/07JDR.ADM, de fecha 22 de febrero de 2022, emitida por la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, por los fundamentos expuestos en parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.· SE DISPONE RETROTRAER el procedimiento administrativo hasta el momento anterior de la emisión del acto viciado (Carta Nº 088-2022-GRAP/07/DR-ADM de fecha 22 de febrero de 2022) a fin de que el órgano competente, la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, se pronuncie en atención al recurso de reconsideración planteado por el administrado Francisco Huamaní Rojas contra la Resolución Directoral Regional Nº 120-2021-GR.APURIMAC/D.RR.HHyE, de fecha 31 de agosto de 2021.
ARTÍCULO TERCERO.·, NOTIFICAR la presente Resolución, con copia de la Opinión Legal N° 634-2022- GRAP/08/DRAJ, de fecha 12 de setiembre de 2022, a la Dirección Regional de Administración, Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, y al interesado, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.· DISPONER, la remisión de copia de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar.
ARTICULO QUINTO.· PUBLICAR, la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )