SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, contra los responsables sobre el presunto retardo injustificado de pago de la suma de S/. 19,400.00 contra el proveedor Epifanio Farfán Huamán, quienes conforme a sus funciones no devengaron en su oportunidad la Orden de Servicio nº 4792 del año 2017, al respecto cabe mencionar que, el Sub Gerente de Recursos Naturales y Áreas Naturales Protegidas tomó conocimiento de los hechos el 22 de marzo de 2018. Habiendo ingresado a Secretaria Técnica el expediente administrativo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, remisión del expediente a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Apurímac, a fin de que evalué la responsabilidad penal a que hubiera lugar.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, que la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, proceda a realizar las acciones necesarias para identificar la responsabilidad administrativa de los funcionarios y lo responsables que dejaron prescribir la acción administrativa disciplinaria.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, el presente acto resolutivo a las instancias de la entidad, con las formalidades de Ley. DERIVAR el presente acto resolutivo a la Oficina de Secretaría Técnica de la entidad, remitir el expediente original para su archivo y custodia de acuerdo a sus funciones. ( VER PDF )