SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, la REFORMULACION del Expediente Técnico del proyecto de Inversión Pública: «CREACION DEL PUENTE Y ACCESOS EN EL SECTOR DE SAUSIPAMPA Y NINOPAMPA DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE PAIRACA Y CHUQUINGA, DISTRITO DE CHALHUANCA – PROVINCIA DE AYMARAES – DEPARTAMENTO DE APURIMAC» con Código Unificado Nº Código Unificado Nº 288879, con un plazo de Ejecución de 06 meses calendarios, por la modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA, y un Presupuesto reformulado de S/5780, 184.89 (Cinco millones setecientos ochenta mil ciento ochenta y cuatro con 89/100 soles), cuyo sustento técnico se encuentra contenido en un folder de folios 278, más un CD y diez (10 ) archivadores, con el siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la Reformulación al Expediente Tecnico del Proyecto en mención, se enfoca básicamente en las observaciones efectuadas en el Informe de Compatibilidad por el Residente de Obra y versa fundamentalmente de la Superestructura del puente, mientras que los demás componentes del proyecto aprobadas por el CRAET se mantienen vigentes.
ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER. que la aprobación de la reformulación del Expediente Técnico del Proyecto, es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTICULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente Técnico de REFORMULACION del Expediente Técnico del proyecto de Inversión Pública, con CUI N°288879, la responsabilidad recae en el lng. Rober Huamán Grande – Coordinador de Proyectos de la Sub Gerencia de Estudios, y del Evaluador Ing. José Gregario Soto Rodriguez, de la Sub Gerencia de Estudios Definitivos, y profesionales competentes de acuerdo a sus funciones conferidas.
ARTÍCULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, a la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones (ORFEI), a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Ing. Wilber Calle Cruz – Residente de Obra, Ing. Rober Huamán Grande – Coordinador de Proyectos de la Sub Gerencia de Estudios,y del Evaluador Ing. José Gregario Soto Rodríguez, de la Sub Gerenéia de Estudios Definitivos y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO..DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )