RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 427-2022-GR-APURIMAC.GG

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agosto 3rd, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 427-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N° 04- EN VIAS DE REGULARIZACIÓN – CON INCREMENTO PRESUPUESTAL – POR ADICIONALES DE OBRA ( PARTIDAS NUEVAS Y MAYORES METRADOS) Y DEDUCTIVOS DE OBRA del Sub Proyecto denominado » MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA IE.54391 HUICHIHUA DEL NIVEL PRIMARIO EN LOS DISTRITOS DE CHUQUIBAMBILLA EN LA PROVINCIA DE GRAU – APURIMAC», comprendida en el Proyecto de Inversión Pública denominado » MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA IE.54424 RUINAS DE PUCARA, IE. 54391CURPAHUASI, VILCABAMBA, CHUQUIBAMBILLA EN LA PROVINCIA DE GRAU – APURIMAC» con Codigo Unificado N° 2263327; en fase de ejecución, siendo el Incremento Presupuestal desagrado, la suma de S/. 540,995.65 (Q uinientos Cuarenta Mil Novecimientos Noventa y Cinco con 65/100 soles), con un presupuesto total desagregado del Sub Proyecto, la suma de S/. 3’731,801.702 ( Tres Millones Setecientos Treinta y Un Mil Ochocientos Uno con 72/100 soles), en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle.(…)

ARTÍCULO SEGUNDO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, por la demora  en el trámite de la solicitud de ampliación de plazo Nº 02, conforme a la normativa vigente.

ARTÍCULO TERCERO: EXHORTAR, en la línea de tiempo a los responsables  del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.

ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Infraestructura, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.

ARTICULO QUINTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente Técnico de MODIFICACION  EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 04 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL POR ADICIONALES DE OBRA (PARTIDAS NUEVAS Y MAYORES METRADOS) Y DEDUCTIVOS DE OBRA, la responsabilidad  recae en los responsables del proyecto de acuerdo  a sus funciones conferidas.

ARTÍCULO SEXTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competentes, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.

ARTÍCULO SÉPTIMO.· DISPONER, la publicación  de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. (VER PDF )

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