RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 408-2022-GR-APURIMAC.GG

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julio 20th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 408-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTOal  mandato judicial contenido en la Resolución Nº 08 (Sentencia) de fecha 12 de mayo del 2020 y la Resolución Nº 13 (Auto de Requerimiento) de fecha 20 de mayo de 2021, recaída en el Expediente Judicial Nº 00496201900302JRCI01, la cual resuelve: DECLARAR FUNDADA la demanda contenciosa administrativa interpuesta por SOCORRO QUISPE CURI, en contra del Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia: DECLARO LA NULIDAD TOTAL de la Resolución Gerencial General Regional Nº 642- 2018-GR.APURIMAC/GG de fecha 14 de diciembre del año 2018.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER a favor de SOCORRO QUISPE CURI el pago de la asignación por cumplir treinta años de servicios prestados al Estado, calculandose dicho beneficio en base a la remuneración total percibida por aquella, considerando su remuneración como Especialista Administratitvo IV nivel SPA, más intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Gerencia Sub Regional Chanka, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin. EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Gerencia Sub Regional Chanka, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584 «Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S Nº 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia Sub  Regional Chanka, Procuraduría Pública Regional, Juzgado Civil Transitorio- SEDE MBJ Andahuaylas, infonnando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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