RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 407-2022-GR-APURIMAC.GG

Archivo
julio 20th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 407-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 09 (Sentencia) de fecha 20 de noviembre de 2019, Resolución Nº 13 (Sentencia de Vista) de fecha 28 de octubre de 2020 y Resolución Nº 15 (Auto de Requerimiento) de fecha 12 de mayo de 2022, recaída en el Expediente Judicial Nº 01637-2018-0-0301-JR-CI-02, interpuesto por SABINA ERLINDA CERON GUTIERREZ, en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación Apurímac, con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La nulidad parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 549-2018-GR-APURÍMAC/GG de fecha 21 de noviembre de 2018; 2) Improcedente la demanda respecto de la nulidad total de la Resolución Directoral Regional N° 1141-2018-DREA de fecha 29 de agosto de 2018.

ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por SABINA ERLINDA           CERON GUTIERREZ en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 1141-2018-DREA, de fecha 29 de agosto 2018; RECONOCIENDO favor de la demandante el pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones (o pensiones) totales o integras cada uno (esto es, cuatro remuneraciones totales o integras), que percibia a la fecha de fallecimiento de su señora madre (veinticinco de diciembre del dos mil diecisiete), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de  Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional deApurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]