RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 405-2022-GR-APURIMAC.GG

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julio 20th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 405-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 01 de junio de 2020 y la Resolución Nº 09 (Auto de Requerimiento) de fecha 29 de diciembre de 2021; del Expediente Judicial Nº 01252-2019-0-0301-JR-CI-01, interpuesto por CELINDVEGA ROMAN en contra de la Dirección Regional de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: La Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 453-2019-GR-APURÍMAC/GR de fecha 25 de julio de 2019; y la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 1842-2018- OREA de fecha 31 de diciembre del 2018.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, a favor de CELINDA VEGA ROMAN el pago de los devengados derivados de la bonificación especial mensual por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% en base a la remuneración total integra, previa liquidación contable desde la fecha que por Ley le corresponde percibir más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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