RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 404-2022-GR-APURIMAC.GG

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julio 20th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 404-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 10 (Sentencia) de fecha 03 de julio del 2019, Resolución Nº 14 (Sentencia de Vista) de fecha 06,de enero del 2020 y la Resolución Nº 15 (Auto de Requerimiento) de fecha 12 de mayo de 2022, recaída en el Expediente Judicial 00207201800301JRCI02. la cual declarar FUNDADA EN PARTE la demanda contenciosa administrativa interpuesto por SABINA ERLINDA CERON GUTIERREZ, en contra de la Dirección Regional de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La Nulidad total de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 377-2017-GR-APURÍMAC/GR de fecha 26 de octubre de 2017; 2) Improcedente la demanda respecto de la nulidad total de la Resolución Directoral Regional Nº 1120-2017- OREA de fecha 11 de setiembre de 2017.

ARTICULO SEGUNDO. DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por SABINA ERLINDA CERON GUTIERREZ en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 1120-2017-DREA, de fecha, 11 de setiembre de 2017; DISPONIENDO el pago del reintegro de la asignación por cumplir veinte y veinticinco años de servicio oficiales prestados al Estado (dos y tres remuneraciones), teniendo como base de cálculo su remuneración total o integra al mes que cumplió dicho tiempo de servicios, con deducción del monto percibido de ser el caso, más los intereses legales correspondientes, previa liquidación administrativa, Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D. S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia  de  Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución  en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso la Información Pública. ( VER PDF )

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