RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 399-2022-GR-APURIMAC.GG

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julio 19th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 399-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 05 (Sentencia) de fecha 28 de agosto de 2020, la Resolución Nº 09 (Sentencia de Vista) de fecha 08 de marzo de 2021 y la Resolución Nº 12 (Auto de Requerimiento) de fecha 18 de abril de 2022; del Expediente Judicial Nº 01347201900301JRCI02, interpuesto por MARIA ELENA DIAZ HERENCIA en contra de la Dirección Regional de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: La Nulidad  Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 564-2019-GR-APURIMAC/GR de fecha 11 de setiembre de 2019; y la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 1008-2019-DREA de fecha 05 de julio del 2019.

ARTICULO SEGUNDO.· DISPONERa favor de MARIA ELENA DIAZ HERENCIA el pago de los devengados derivados de la bonificación especial mensual por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% en base a la remuneración total integra, desde la vigencia del artículo 48º de la Ley Nº 24029, modificado por la Ley Nº 25212, hasta la fecha de su CESE, previa liquidación contable, más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORICESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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