SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Expediente Tecnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCUIÓN N° 06- CON INCREMENTO PRESUPUESTAL – por implementación de la Ley sobre Control Concurrente, Adicionales de Obra ( partidas nuevas, mayores metrados ) y Deductivo de obra; del proyecto demoninado: » MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES DE LOS RIACHUELOS DE SAN LUIS Y JOSÉ MARIA ARGUEDAS DEL C.P LAS AMÉRICAS DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURIMAC» con Código Unificado N6 2340050; con un Incremento Presupuestal por las causales descritas de S/ 690 092.52 soles) siendo el presupuesto total actualizado la suma de S/. 17 307,982.72 soles. Ello, en conformidad al sustento técnico contenido en los informes emitidos por los responsables del Proyecto de Inversión Publica materia del presente; sustento técnico que se encuentra contenido en Un (1) archivador y Un (1) folder con un total de (654) folios; y, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTICULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente es de carácter eminentemente técnico; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTICULO CUARTO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 06 -INCREMENTO PRESUPUESTAL por implementación de la Ley sobre Control Concurrente, adicionales de Obra (partidas nuevas, mayores metrados) y Deductivo de obra, la responsabilidad recae en responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas.
ARTICULO QUINTO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades. Ello a razón de que las partidas objeto de ampliación presupuestal ya habrían sido ejecutadas.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )