SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01 – CQN INCREMENTO PRESUPUESTAL del sub proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE EDUCACION BASICA ESPECIAL CEBE-11 LA SALLE DEL DISTRITO DE ABANCAY, REGION DE APURIMAC» correspondiente al Proyecto de Inversión Púbica: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE EDUCACION BASICA ESPECIAL 01 PIERRE FRANCOIS JAMET, 12 MOLINOPATA, CEBE-11 LA SALLE DEL DISTRITO DE ABANCAY, 07 CURAHUASI DEL DISTRITO DE CURAHUASI, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURÍMAC» con Código Único de Inversión Nº 2325914; en fase de ejecución, siendo el Incremento Presupuestal la suma de S/. 2’391,163. 16 (Dos millones trecientos noventa y un mil, ciento sesenta y tres con 16/100 soles), siendo el presupuesto total actualizado del Sub Proyecto S/. 11·120, 289. 66 (Once millones ciento vente mil doscientos ochenta y nueve con 66/100 soles); en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.- DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01 – CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competente, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a Información. ( VER PDF )