SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· SE DISPONE, a la Dirección Sub Regional de Trasportes y Comunicaciones Chanka Andahuaylas, implemente las acciones necesarias para el cumplimento de la Resolución Gerencial Regional Nº 088-2011-GR-APURIMAC/GG de fecha 22 de diciembre de 2022, que aprueba Directiva Nº 002-2011- G.R.APURIMAC/GG, normas para el otorgamiento de asignación alimentaria de los trabajadores, Régimen del Decreto Legislativo Nº 276, aclarada mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 008-2012-GR- APURIMAC/GG de fecha 07 de 2012 normas para el otorgamiento de asignación alimentaria, conforme lo dispuesto en la Resolución Nº 14 (Sentencia de Vista) de 14 de diciembre de 2017, recaído en el Expediente Judicial Nº 00608–20158·0·0302–JR-CI–01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ente la Sala Mixta Descentralizada de Andahuaylas y Chincheros, seguido por HECTOR ALFREDO FLORES MORENO.
ARTICULO SEGUNDO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Sub Regional de Trasportes y Comunicaciones Chanka Andahuaylas, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley 27584- Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.
ARTCULO TERCERO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Dirección Sub Regional de Trasportes y Comunicaciones Chanka Andahuayla, a la Sala Mixta Descentralizada de Andahuaylas y Chincheros y a los interesados, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )