RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 290-2022-GR-APURIMAC.GG

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junio 15th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 290-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha  25 de junio de 2019 y la Resolución Nº  10 (Auto de Requerimiento) de fecha 29 de diciembre  de 2021; del  Expediente  Judicial Nº 01343201800301JRCI02, interpuesto por JOSE EMILIANO JURO ATAHUI, en representación de JOCOBO ANDRES NECOCHEA ESTACIO en contra de la Dirección Regional de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARAla NÚlidad  total de la Resolución Directoral Regional Nº 6272016· OREA, de fecha 21 de julio de 2016, en todos sus extremos vinculando a la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30 % y la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 03132018GR·APURiMAC/GG de fecha 15 de junio de 2018, quedando subsistente, todo lo demás.

ARTICULO SEGUNDODISPONER, a favor de JOSE EMILIANO JURO ATAHUI, en representación de JOCOSO ANDRES NECOCHEA ESTACIO el pago de los devengados derivados de la bonificación especial mensual por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% en base a la remuneración total integra, desde la fecha de su nombramiento como profesor de aula (setiembre de 1991) hasta la fecha de su cese, previa liquidación contable, más los interese legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac,  www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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