RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 287-2022-GR-APURIMAC.GG

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junio 15th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 287-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo», por el periodo de 15 días calendario, con relación a la Orden de Compra – Guía de Internamiento Nº 0001221 de fecha 20/04/2022, peticionado a la Entidad por el Contratista INGENIEROS TICA SAC, en fecha 20/05/2022, mediante la Carta S/N registrado con SIGE N° 11601 – por no estar acreditado y carecer de sustento técnico y legal – de conformidad a lo establecido por el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, de acuerdo a los informes técnicos y opiniones de improcedencia emitidos por las instancias administrativas de la Entidad,  y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, al Contratista  INGENIEROS TICA SAC, el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en la Orden de Compra – Guía de Internamiento Nº 0001221 de fecha 20/04/2022.

ARTÍCULO TERCERO:  NOTIFÍQUESE, en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente. resolución, al Contratista INGENIEROS TICA  SAC, a sus corréos electrónicos contractuales: ventas@kolorsillas.com y kolorsillas2@gmail.com, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO CUARTO:  SE DISPONE, al Residente de Obra y al Inspector de Obra asignado al Proyecto, que conforme a sus funciones, realicen un informe del estado situacional con relación al cumplimiento del plazo de la referida Orden de Compra, y en caso de determinar retraso injustificado en la ejecución de prestaciones objeto de la orden de compra, procedan a implementar ante las instancias administrativas de la Entidad, lo dispuesto por el Art. 162 del RLCE y sus modificatorias.

ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE,  la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SEXTO:  NOTIFICAR, la presente resolución al Ingeniero Juan Franks Valenzuela Carrasco – Inspector de Obra; Ing. Cecilia Isaac Lloclla Huamán – Residente de Obra; Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac,  para su conocimiento, atención y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )

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