RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 284-2022-GR-APURIMAC.GG

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junio 15th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 284-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre LIQUIDACIÓN TÉCNICA· FINANCIERA del PIP denominado: «RECUPERACION  Y  MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA FORESTAL PARA AMPLIAR SERVICIOS AMBIENTALES EN LA SUB CUENCA PACHACHACA BAJO DISTRITO  DE CIRCA CHACOCHE Y PICHIRHUA DE LA PROVINCIA DE ABANCAY», con Código Unico de Inversiones Nº2234960; por un costo real de S/ 11 ‘475,271.39 Soles, correspondiente a la ejecución presupuestal del Años Fiscal: 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, según Correlativo de Meta No372-2013, Correlativo de Meta No 240-2014, Correlativo de Meta N 0034-2015, Correlativo de Meta N° 0019-2016, Correlativo de Meta Nº 0017-2017, Correlativo de Meta N° 0015-2018, Correlativo de Meta N° 0032-2019, Correlativo de Meta Nº 0019-2020, Correlativo de Meta Nº 0208  2021 y Correlativo de Meta N° 0014-2022, para efectos de cierre en el Banco de Inversiones; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos Y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervision Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, para que a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica financiera del proyecto en mencion. Asimismo; DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería), en   cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidacion financiera (informes técnicos – financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, el cierre del expediente, una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia los órganos de línea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac, www.reg1onapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica. ( VER PDF )

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