SE RESUELVE
Artículo l. Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 049-2022-EF en el Presupuesto Institucional del Pliego 442 Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, por un monto total de S/ 2,585,067.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SIETE CON 001100 SOLES); para financiar productos en el marco del Programa Presupuestal O 131: Control y Prevención en Salud Mental, atendidos a través de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), Centros de Salud Mental Comunitarios, Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, Hogares Protegidos y relacionados al tratamiento de problemas de salud mental y/o bienestar emocional destinados preferentemente a personas que se hayan visto afectadas directa o indirectamente por la COVID-19, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- Codificaciones
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.
ARTICULO TERCERO.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieren como consecuencia de lo dispuestos en la presente norma.
ARTICULO TERCERO.- Presentación de la Resolución
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31° del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para el caso de la Dirección General de Presupuesto Público dicha presentación se efectúa a través de los medios que esta determine. ( VER PDF )