RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 03, en vías de regularización, imitaciones o Demoras en la Disposición de Recursos Financieros) por un período adicional de 365 días, contabilizados desde el 01 de abril del 2022 al 31 de marzo del 2023, para el Proyecto de Inversión Pública denominado «MEJORAMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LAS TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS 11. EE DE Nl,VEL SECUNDARIA DEL DISTRITO DE ABANCAY – PROVINCIA DE ABANCAY – REGION APURIMAC», con Código Unico de Inversiones Nº 2234459; ampliación de plazo solicitado por el Residente de Obra, revisado y evaluado por el Supervisor de Proyecto- TIC Abancay – Apurímac, Director Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y Gerente Regional de Desarrollo Social. Aprobación que corresponde de acuerdo al sustento técnico contenido en el expediente técnico y a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXHORTAR a los responsables del proyecto en mención que el inicio del proced1m1ento sobre requerimiento de ampliación de plazo deba realizarse con anticipación a la fecha de vencimiento del mismo, a fin de evitar retrasos injustificados que perjudiquen la debida ejecución del mencionado proyecto de inversión
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, Gerencia Regional de Desarrollo Social y demás unidades orgánicas inmersas en su ejecución deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, al Residente del proyecto de inversión antes señalado; para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLÍQUESE, la presente resolució en la pagina Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )