RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 264-2022-GR-APURIMAC.GG

Archivo
mayo 27th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 264-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución,Nº 05 (Sentencia) de fecha  31 de marzo de 2021, la Resolución Nº 09 (Sentencia de Vista) de fecha 20 de octubre de 2021 y la Resolución N° 11  (Auto de Requerimiento) de fecha 18 de marzo de 2022; del  Expediente Judicial Nº 01045-2019-0-0301-JR-CI-01, interpuesto por VICTOR AURELIO  GUZMAN  PACO en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación Apurímac, con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia  se DECLARA: 1) La nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 443-2019-GR-APURÍMAC/GR de fecha  24 de julio  de 2019;  2)  Improcedente  la demanda  respecto  de la nulidad parcial de la Resolución Directora! Regional Nº 0330-2019-DREA de fecha 19 de marzo de 2019.

ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por VICTOR AURELIO  GUZMAN  PACO en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 0330-2019-DREA, de fecha 19 de marzo 2019; RECONOCIENDO el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde  la vigencia de la modificatoria  del artículo 48 de la Ley N° 24029, a través de la Ley Nº 25212 (21 de mayo de 1990) hasta un día antes de la fecha de su cese (02 de mayo de 1994), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE  a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIRlos actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo  D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR,  a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda  del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución  en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]