SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· APROBAR la transferencia financiera por el monto de S/ 1 776 715.00 (un millón setecientos setenta y seis mil setecientos quince con 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento 01 Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con la finalidad de financiar el servicio de control concurrente del Proyecto de Inversión con CUI Nº 2215017, «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA, SANTA ROSA, CUPISA, CHAMPACCOCHA, ANCA TIRA, CHOCCECANCHA Y ARGAMA ALTA, DISTRITOS>DE SAN JERONIMO Y PACUCHA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – APURIMAC«, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº. 31358.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DISPONER que los recursos financieros materia de transferencia en virtud de lo resuelto en el artículo primero de la presente Resolución no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
ARTICULO TERCERO.· DIPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Dirección Regional de Administración, en coordinación, realizar las acciones’administrativas pertinentes, a través de sus unidades orgánicas competentes, para la realización de la transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente, debiendo informar a la Gerencia General Regional del resultado de tales acciones.
ARTÍCULO CUARTO:· ENCARGAR a la Secretaría General, cumpla con realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
ARTICULO QUINTO.· TRANSCRIBIR la presente Resolución a la Gerencia General ‘Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Dirección Regional de Administración; y sede local de la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO SEXTO.· SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe. ( VER PDF )