RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 210-2022-GR-APURIMAC.GG

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mayo 10th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 210-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.DAR CUMPLIMIENTO, del  mandato judicial contenido en la Resolución Nº 15 (Sentencia) de fecha 12 de marzo del 2018, recaída en el Expediente Judicial Nº 00702-2017-0-0301-JR-CI- 01, la cual declara FUNDADA  la demanda contencioso administrativa interpuesta por FELIX PALOMINO RIOS, en contra del Gobierno Regional de Apurímac y la Dirección Regional de Educación de Apurímac, con emplazamiento del Procurador Público; en consecuencia: DECLARO LA NULIDAD PARCIAL de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 145-2017-GR-APURIMAC/PR de fecha 05 de mayo del 2017; y la Resolución Directoral Regional Nº 0232-2017-DREA de fecha 20 de marzo del 2017.

ARTICULO SEGUNDO.DISPONER, a favor de FELIX PALOMINO RIOS, el pago de los devengados del beneficio laboral denominado incremento de remuneración del  10% por contribución al Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, establecido por el Decreto Ley Nº 25981 desde la fecha que le asiste el referido derecho, más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº  27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S. Nº 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informado sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesa, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.DISPONERla publicación de la presente resolución en el portal  electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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