RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 199-2022-GR-APURIMAC.GG

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abril 26th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 199-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. DAR CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha  23 de enero de 2020, la Resolución N° 10 (Sentencia de Vista) de fecha  14 de diciembre de 2020 y la Resolución N° 13 (Requerimiento de Sentencia) de fecha 02 de febrero de 2022, recaída en el Expediente Judicial N° 003892019-0-0301JRCl02, la cual declara FUNDADA la demanda interpuesta por JUANA MARIA SULLCAHUAMAN  LOPEZ DE QUISPE en contra del Gobierno Regional de Apurímac y la Dirección Regional de Educación  de Apurímac, con emplazamiento del Procurador  Publico; en consecuencia, se declaró LA NULIDAD PARCIAL de la Resolución Di rectoral Regional Nº 1566-2018-DREA de fecha 28 de enero de 2018 y LA NULIDAD PARCIAL de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 146-2019-GR-APURIMAC/GR de fecha 26 de febrero del 2019.

ARTICULO SEGUNDO. – DISPONER, a favor de JUANA MARIA SULLCAHUAMAN LOPEZ DE QUISPE, el pago de los devengados del beneficio laboral denominado incremento de remuneración del 10% por contribución al Fondo Nacional de Vivienda FONAVI,  establecido por el Decreto Ley N° 25981 desde la fecha que le asiste el referido derecho. Más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO. REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S. N° 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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