SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la segunda solicitud de «Ampliación de Plazo», peticionado a la Entidad por el Contratista Empresa Consultora y Constructora SIMEC SAC, en fecha 09/03/2022, mediante la Carta Nº 025-2022/SIMEC-SAC – por carecer de sustento técnico y legal de conformidad a lo establecido por el artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, al Contratista Empresa Consultora y Constructora SIMEC SAC, el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en el Contrato Directoral Regional Nº 080-2021-GR- APURIMAC/DRA de fecha 28/12/2021.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día bajo responsabilidad, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución, al Contratista Empresa Consultora y Constructora SIMEC SAC, a su correo electrónico contractual: simecsac2009@gmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, al Arquitecto Esteban Bustos Romero, mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones, al momento de emitir informes técnicos sobre las solicitudes de ampliaciones de plazo, debiendo de tener en cuenta lo establecido por la normativa de contrataciones del estado y el contrato.
ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )